CERTIFICA
GERENTE:
La representacion y administración de la sociedad estarán a cargo de un
Gerente. Por lo tanto, a éste compete en forma exclusiva, la
representación legal de la compañía y la gestión de los negocios
sociales. En las faltas temporales o absolutas del Gerente de la
sociedad éste será reemplazado por un Suplente.
CERTIFICA
NOMBRAMIENTOS:
Que los nombramientos fueron efectuados por escritura de constitución
así:
CARGO NOMBRE C.C.
Gerente CESAR AUGUSTO CONO DONCEL 98.532.655
Suplente LUIS ARTURO JIMENEZ PANESSO 520.273
CERTIFICA
FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL GERENTE:
El Gerente de la sociedad, en ejercicio de su cargo, podrá ejecutar o
celebrar cualquier acto o contrato, sin límite de cuantía. Podrá en
consecuencia, representar a la compañía judicial y extrajudicialmente,
adquirir, vender bienes sociales, gravarlos y limitar su dominio, fundar
sociedades, negociar acciones, cuotas o partes de interés y ejercer
todos los actos de administración de las mismas, solicitar concordatos
preventivos, constituír apoderados, comparecer en juicio, transigir,
comprometer y desistir, tomar y dar dinero en mutuo, hacer empréstitos
bancarios, girar, negociar, protestar, avalar, tener y pagar títulos
valores u otras efectos de comercio y ejecutar negocios por comisión.
Además, son atribuciones especiales del Gerente:
1. Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Asamblea o Junta
General de Socios. 2. Convocar la Asamblea o Junta General de Socios
de acuerdo con lo previsto por los estatutos y la ley. 3. Dirigir y
vigilar la actividad de la empresa en todos los campos e impartir las
órdenes e instrucciones necesarias para lograr la adecuada realización
de los objetivos que aquella se propone. 4. Recomendar a la Asamblea o
junta General de Socios la adopción de nuevas políticas. 5. Definir en
asocio de la Asamblea o Junta General de Socios la orientación de la
contabilidad e información financiera de la empresa. 6. elaborar un
informe escrito anual sobre la forma como hubiese llevado a cabo su
gestión, informe que, conjuntamente con el balance general del ejercicio
y demás documentos exigidos por la ley, serán presentados a la Junta o
Asamblea General de Socios.
Obligaciones especiales del Gerente Suplente:
El Gerente Suplente, cada vez que realice o cumpla un acto propio de la
Gerente, estará obligado a indicar la razón de ser de su actuación, esto
es, si lo hace por falta absoluta o temporal del Gerente Principal o por
especial encargo de él consignado por escrito. En las faltas temporales
del Gerente, el Suplente requerirá autorización de aquel para celebrar
cualquier acto o contrato cuya cuantía exceda de $500.000.oo, y en su
defecto, podrá autorizarlo la Junta de Socios.
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