CERTIFICA
GERENTE Y SUBGERENTE: La sociedad tendrá un Gerente y un Subgerente,
que son los representantes legales de la sociedad judicial y
extrajudicialmente, con facultades para ejercer todos los actos y
contratos acordes con la naturaleza de su encargo y que se relacionen
directamente con el giro ordinario de los negocios sociales.
El Subgerente actuará como un Suplente del Gerente, y lo reemplazará en
sus faltas absolutas, temporales o accidentales y en los actos en que se
halle impedido para actuar.
CERTIFICA
NOMBRAMIENTOS:
CARGO NOMBRE IDENTIFICACION
GERENTE YENNY CRISTINA ALVAREZ MEJIA 43.618.316
DESIGNACION
Por escritura pública número 156 del 8 de febrero de 2005, de la
Notaría 16a. de Medellín, registrado en esta Cámara el 15 de febrero de
2005, en el libro 9, bajo el número 1515
SUBGERENTE LUIS ROBERTO DURAN DUQUE 71.336.375
DESIGNACION
Por escritura pública número 156 del 8 de febrero de 2005, de la
Notaría 16a. de Medellín, registrado en esta Cámara el 15 de febrero de
2005, en el libro 9, bajo el número 1515
CERTIFICA
FUNCIONES Y FACULTADES DEL GERENTE: El Gerente o quien haga sus veces
tendrá, con las limitaciones de estos estatutos las siguientes
funciones y atribuciones:
1. Usar la razón social de la Compañía.
2. Designar los empleados que requiera el normal funcionamiento de la
Compañía y señalarles sus remuneraciones, excepto cuando se trate de
aquellos que por Ley o por los estatutos deban ser designados por la
Junta de Socios.
3. Presentar un informe de su gestión a la Junta de Socios en sus
reuniones ordinarias y el balance general de fin de ejercicio con un
proyecto de distribución de utilidades.
4. Convocar a la Junta de Socios a reuniones ordinarias y
extraordinarias.
5. Nombrar los árbitros que correspondan a la sociedad en virtud de
compromisos, cuando los autorice la Junta General de Socios.
6. Celebrar o ejecutar todos los actos y contratos lícitos, civiles o
comerciales (salvo los actos que por su naturaleza legal o estatutaria
requieren decisión de la Junta de Socios), para el cabal desarrollo del
objeto social de la Empresa.
7. Designar los apoderados judiciales o extrajudiciales necesarios para
la defensa de los intereses sociales.
8. Las demás que naturalmente le correspondan o que le asigne la Junta
de Socios.
PARAGRAFO: El Gerente o quien haga sus veces requiere autorización de la
Junta de Socios para la celebración de actos o contratos en cuantía
superior a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales. En los
otros casos, no requiere de autorización alguna.
Para obtener préstamos en establecimientos Bancarios, Corporaciones u
otras entidades crediticias en cuantía superior a treinta (30) salarios
mínimos legales, el Gerente o representante legal requiere autorización
de la Junta de Socios.
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