CERTIFICA
REPRESENTACION LEGAL
GERENCIA: La Sociedad tendrá un Gerente que será el representante legal
de la sociedad, y un Subgerente que lo reemplazará en sus faltas
temporales o absolutas.
FALTAS DEL GERENTE: En los casos de faltas absolutas o temporales del
Gerente, este será reemplazado por el Subgerente, quien tendrá las
mismas facultades del primero.
CERTIFICA
NOMBRAMIENTOS:
CARGO NOMBRE IDENTIFICACION
GERENTE AMADO DE JESUS GUZMAN 71.609.144
DESIGNACION
SUBGERENTE ANA CAROLINA PATIÑO ARANGO 1.017.196.753
DESIGNACION
Por Escritura Pública número 5992 del 24 de octubre de 2012, de la
Notaría 18 de Medellín, aclarada por Escritura Pública No. 6332, del 9
de noviembre de 2012, de la Notaría 18 de Medellín, registradas en esta
Cámara el 20 de noviembre de 2012, en el libro 9, bajo el número 20600
CERTIFICA
FUNCIONES DEL GERENTE: El Gerente de la sociedad podrá celebrar o,
ejecutar, sin limitación, todos los actos o contratos comprendidos
dentro del objeto social, o que se relacionen directamente con la
existencia y el funcionamiento de la misma, especialmente de los
siguientes:
1. Presentar a la Junta General de Socios una vez terminado cada
ejercicio, el informe sobre el estado de los negocios sociales y
sobre la situación económica y financiera de la sociedad.
2. Presentar a la Junta para su aprobación o improbación el Balance
General de cada ejercicio social y una completa
rendición de cuentas
3. Convocar a la Junta General de Socios, de acuerdo con lo establecido
en estos estatutos y en la ley.
4. Elaborar y someter a la aprobación de la Junta General de Socios los
presupuestos y operaciones y de inversiones, lo mismo que los programas
y proyectos para el desarrollo de las actividades de la sociedad.
5. Realizar, entre otros, los siguientes actos o contratos: Constituir
depósitos bancarios y girar sobre ellos; suscribir toda clase de títulos
valores, negociarlos, cobrarlos, etc.; y dar y recibir dinero en muto.
6. Adoptar las medidas necesarias para la debida conservación de los
bienes sociales y para el adecuado recaudo y aplicación de
sus fondos.
7. Transigir y comprometer los negocios sociales, de cualquier
naturaleza que fueren; e interponer todos los recursos legales.
8. Crear los cargos, nombrar y remover los empleados y trabajadores de
la sociedad, cuya creación, nombramiento y remoción no corresponde a
otro órgano social.
9. Dirigir y vigilar de los empleados de la sociedad, e impartir las
órdenes e instrucciones que exija la buena marcha de la sociedad.
10. Constituir o designar los apoderados o mandatarios, árbitros y
peritos que debe nombrar la compañía.
11. Autorizar con su firma los documentos públicos y privados que
deban otorgarse en desarrollo de las actividades sociales o en interés
de la compañía.
12. Cumplir y hacer cumplir oportunamente todos los requisitos y
exigencias legales que se relacionen con los negocios y funcionamiento,
de la sociedad.
13. Hacer uso de la razón social hasta por un límite de sesenta (60)
salarios mínimos legales actuales, para cada negocio individualmente
considerado.
14. Hacer uso de la razón social y comprometer a la sociedad hasta por
un límite de setenta (70) SALARIOS MINIMOS LEGALES VIGENTES. Sumas
superiores serán debidamente autorizadas por la Junta de Socios mediante
acta.
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