CERTIFICA
GERENTE: La sociedad tendrá un Gerente y un suplente que lo reemplazará
en sus faltas absolutas, temporales o accidentales.
CERTIFICA
NOMBRAMIENTOS:
Que los nombramientos fueron efectuados por escritura de constitución
así:
CARGO NOMBRE CEDULA
Gerente JORGE IVAN MARIN ARANGO 71.703.468
Suplente EDUARDO BOTERO WICKMAN 71.732.240
CERTIFICA
FUNCIONES DEL GERENTE: Son funciones del Gerente todas las que
correspondan a la naturaleza de su cargo y en especial las siguientes:
A. Hacer uso de la razón social y representar a la sociedad los socios,
ante terceros, y ante toda clase de funcionarios, entidades oficiales y
privadas.
B. Celebrar y ejecutar todos los acto y operaciones comprendidas dentro
del objeto social con sujeción a las restricciones obligaciones
previstas en los estatutos.
C. Nombrar y remover los trabajadores de la sociedad, cuyo nombramiento
y remoción no se haya reservado a la Asamblea de Socios.
D. Constituír y designar los mandatarios árbitros y peritos que debe
nombrar la sociedad.
E. Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea el presupuesto
anual de operaciones y de gastos e inversiones.
F. Presentar a la Asamblea General el estado financiero y económico de
la sociedad y los informes que le solicite, y anualmente el balance de
fin de ejercicio.
G. Presentar a la aprobación de la Asamblea el Plan General de
Organización de la Sociedad y las modificaciones que estime convenientes
y anualmente una memoria razonada, a cerca de la situación de la
Empresa.
H. Hacer llevar los libros de actas y velar porque la contabilidad sea
llevada al día conforme a las leyes.
I. Tomar las medidas conducentes a la conservación de los bienes
sociales, vigilar las actividades de los trabajadores e impartirles las
órdenes e instrucciones que exija la buena marcha de la sociedad.
J. Convocar a la Asamblea General de Socios cuando lo estime
conveniente y mantener a ésta informada del curso de los negocios
sociales.
K. Cumplir las órdenes e instrucciones que le imparta la Asamblea
General, lo mismo que las funciones que ésta le delegue.
L. Cumplir o hacer que se cumplan oportunamente todos los requisitos y
exigencias legales que se relacionen con la existencia y funciones de la
sociedad.
Cualquier acto o contrato que implique disposición o entrega de dinero a
nombre o en representación de la sociedad, requerirá autorización de la
Junta de Socios, cuando ésta exceda de la suma de CINCO MILLONES DE
PESOS ($ 000.000) sic
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