CERTIFICA
REPRESENTANTE LEGAL
GERENCIA: La totalidad de las funciones de administración y
representación legal de la sociedad le corresponderán al Gerente, quien
podrá ser persona natural o jurídica y quien tendrá un suplente, El
suplente del Gerente lo reemplazará en caso de faltas absolutas,
temporales o accidentales del Gerente, o cuando por alguna circunstancia
estuviere impedido para actuar.
CERTIFICA
NOMBRAMIENTOS:
CARGO NOMBRE IDENTIFICACION
GERENTE MONICA CECILIA CARO VELEZ 43.726.418
DESIGNACION
Por Documento Privado de enero 18 de 2012, de los Accionistas,
registrado en esta Entidad en enero 24 de 2012, en el libro 9, bajo el
número 1161
SUPLENTE DEL GERENTE JUAN IGNACIO OSPINA 71.774.371
SALDARRIAGA
DESIGNACION
Por Documento Privado de enero 18 de 2012, de los Accionistas,
registrado en esta Entidad en enero 24 de 2012, en el libro 9, bajo el
número 1161
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FUNCIONES DEL GERENTE.
El Gerente será representante legal de la sociedad y tendrá a su cargo
la inmediata dirección y la administración de los negocios sociales, con
sujeción a los estatutos, las decisiones de la Asamblea de Accionistas,
y a las disposiciones legales. En ese carácter de representante legal,
el Gerente se encuentra facultado para celebrar o ejecutar todos los
actos, contratos y actividad comercial o civil licita lo mismo que para
ejecutar todos os actos y contratos que se relacionen directamente con
la existencia y el funcionamiento de la sociedad.
En especial el Gerente tendrá atribuciones para:
a) Representar a la sociedad ante toda clase de personas naturales o
jurídicas y ante toda clase de autoridades como administrativas,
judiciales, sanitarias, fiscales, de policía, etc.
b) Constituir apoderados judiciales y extrajudiciales determinar sus
facultades para que obrando bajo sus órdenes representen a la compañía.
c) En relación con los negocios sociales, recibir, conciliar, transigir,
arbitrar y comprometer.
d) Promover o coadyuvar acciones judiciales y administrativas en las que
la compañía tenga interés.
e) Novar obligaciones o créditos.
f) Suscribir títulos valores de contenido crediticio.
g) Tomar dinero en mutuo, abrir y manejar cuentas bancarias.
h) Dar o recibir bienes en pago. En cuanto a la administración de la
sociedad tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Asamblea de Accionistas.
b) Cuidar de la recaudación e inversión de los fondos de la compañía.
c) Organizar adecuadamente los sistemas de cómputo, contabilidad y pago
de sueldos y prestaciones legales o extralegales.
d) Orientar y supervisar la contabilidad de la compañía y la
conservación de sus archivos,
e) Velar por el cumplimiento correcto y oportuno de todas las
obligaciones de la sociedad en materia de impuestos.
f) Presentar el proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos.
g) Presentar a la Asamblea de Accionistas un informe escrito sobre la
forma como hubieren llevado a cabo su gestión, con indicación de las
medidas cuya adopción recomienda.
h) Presentar a la Asamblea de Accionistas los estados financieros de
ley, junto con sus anexos y demás documentos legalmente exigibles.
i) Nombrar el personal de empleados de la sociedad.
j) Velar porque los empleados de la compañía cumplan sus deberes a
cabalidad y removerlos o darles licencias cuando Jo juzguen conveniente.
k) Examinar y revisar las cuentas y balances de la compañía y someterlos
a la consideración de la Asamblea de Accionistas.
l) Convocar a la Asamblea de Accionistas a reuniones extraordinarias
cuando lo considere necesario o conveniente.
m) Tomar las medidas conducentes a la conservación de los bienes
sociales, vigilar la actividad de los empleados y trabajadores,
impartirles las órdenes e instrucciones que exija la buena marcha de la
sociedad.
n) Rendir cuentas comprobadas de su gestión al final de cada ejercicio,
dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se retire de su cargo y
cuando se lo exija el órgano que sea competente para ello.
ñ) Celebrar todo acto o contrato comprendido en el objeto social de la
compañía y necesario para que ésta desarrolle plenamente sus fines, con
las limitaciones y autorizaciones previas impuestas por los estatutos y
la ley, con la limitante consistente en que para actos o contratos
superiores a diez mil (10.000) salaros mínimos legales mensuales
(vigentes al momento de la celebración del acto o contrato) requerirá de
la aprobación previa de la Asamblea de Accionistas.
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