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	Comentarios en: IGT GAMES SAS	</title>
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		<title>
		Por: Hector		</title>
		<link>https://www.lasempresas.com.co/bogota/gtech-sas/#comment-33</link>

		<dc:creator><![CDATA[Hector]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 12 Jun 2016 21:16:53 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[POR FAVOR REVISAR ESTE CASO.

CONFEDERACIÓN COLOMBIANA DE CONSUMIDORES C.C.C.
ASOCIACION CENTRAL DE CONSUMIDORES DE NEIVA
Personería Jurídica No. 2938 de 1975; Resolución No. 005 del 13 de Enero de 1984 - A.E.N
CALLE 10 NO 3-54 OFICINA 201  EDIFICIO EL GIRASOL
Celular: 315 363 78 07TELEFONO 871 69 35  
E-mail: boletin.delconsumidorneiva@gmail.com
Neiva - Huila                                                                                                                                                                                                                           Neiva,  JUNIO  de 2.016.


Señor (a) (es)
GTECH 
COLOMBIA
Ciudad.	

Apreciado Señor, (a) (es) 
	

CON TODA CONSIDERACIÓN Y RESPETO, LE SOLICITAMOS COMEDIDAMENTE, se haga presente el DIA MIERCOLES 15 DE JUNIO del presente año HORA  05:00 PM Para dar solución, al reclamo instaurado por  MARLENY ROJAS NOVOA CON C.C. 36.170.141 CELULAR 318-788-08-07 TELEFONO FIJO  863-68-30 CORREO ELECTRONICO  luciamar2972@hotmail.com DE LA CALLE 52 NO 25-14 DEL BARRIO  LAS PALMAS DE NEIVA  HUILA contra Usted (es) ante esta oficina.

EL PROVEEDOR DEL BIEN O DEL SERVICIO, PUEDE UTILIZAR EL MECANISMO DE TRANSACCIÓN Y/O CONCILIACIÓN DIRECTA CON EL CONSUMIDOR, CLIENTE Y/O USUARIO, UTILIZANDO COMO CONTACTO LOS DATOS PERSONALES QUE APARECEN EN ESTE OFICIO. 
 
De no llegar a algún acuerdo entre las partes, le informamos que al consumidor le asisten los siguientes derechos:


2.- Indemnización de daños y perjuicios establecidos por el Artículos 19 y 20, de la ley 1480 del 12 de JUNIO  de 2.011.

3.- Acción de Indemnización pertinente, por el trámite de Proceso Verbal, C.P.C. del titulo XXIII, ante un Juez Civil.

4.- La denuncia Pública, en prensa hablada y escrita, televisión (El Boletín del Consumidor) y ante las autoridades competentes de todos los hechos que atenten contra los derechos e intereses del consumidor, establecidas en el Literal P del Articulo 10 Decreto 1441 de 1.982.

5.- Publicidad engañosa: Aquella cuyo mensaje no corresponda a la realidad o sea insuficiente, de manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión.

6.- Ley 1480 del 12 de JUNIO  de 2.011 Artículo 23. Información mínima y responsabilidad. Los proveedores y productores deberán suministrar a los consumidores información, clara, veraz, suficiente, oportuna, VERIFICABLE, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan y, sin perjuicio de lo señalado para los productos defectuosos, serán responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información. En todos los casos la información mínima debe estar en castellano.


Cordialmente.


HECTOR TRUJILLO
Presidente.

ENTIDADES AFILIADAS: U.T.C. - C.T.C. - Asociación Nacional de Amas de casa
Confederación de Asociación de Padres de Familia
Confederación Colombiana de Pensionados - Cámara Júnior de Colombia
Unión de Trabajadores - Unión Femenina Colombia - OPROCON]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>POR FAVOR REVISAR ESTE CASO.</p>
<p>CONFEDERACIÓN COLOMBIANA DE CONSUMIDORES C.C.C.<br />
ASOCIACION CENTRAL DE CONSUMIDORES DE NEIVA<br />
Personería Jurídica No. 2938 de 1975; Resolución No. 005 del 13 de Enero de 1984 &#8211; A.E.N<br />
CALLE 10 NO 3-54 OFICINA 201  EDIFICIO EL GIRASOL<br />
Celular: 315 363 78 07TELEFONO 871 69 35<br />
E-mail: <a href="mailto:boletin.delconsumidorneiva@gmail.com">boletin.delconsumidorneiva@gmail.com</a><br />
Neiva &#8211; Huila                                                                                                                                                                                                                           Neiva,  JUNIO  de 2.016.</p>
<p>Señor (a) (es)<br />
GTECH<br />
COLOMBIA<br />
Ciudad.	</p>
<p>Apreciado Señor, (a) (es) </p>
<p>CON TODA CONSIDERACIÓN Y RESPETO, LE SOLICITAMOS COMEDIDAMENTE, se haga presente el DIA MIERCOLES 15 DE JUNIO del presente año HORA  05:00 PM Para dar solución, al reclamo instaurado por  MARLENY ROJAS NOVOA CON C.C. 36.170.141 CELULAR 318-788-08-07 TELEFONO FIJO  863-68-30 CORREO ELECTRONICO  <a href="mailto:luciamar2972@hotmail.com">luciamar2972@hotmail.com</a> DE LA CALLE 52 NO 25-14 DEL BARRIO  LAS PALMAS DE NEIVA  HUILA contra Usted (es) ante esta oficina.</p>
<p>EL PROVEEDOR DEL BIEN O DEL SERVICIO, PUEDE UTILIZAR EL MECANISMO DE TRANSACCIÓN Y/O CONCILIACIÓN DIRECTA CON EL CONSUMIDOR, CLIENTE Y/O USUARIO, UTILIZANDO COMO CONTACTO LOS DATOS PERSONALES QUE APARECEN EN ESTE OFICIO. </p>
<p>De no llegar a algún acuerdo entre las partes, le informamos que al consumidor le asisten los siguientes derechos:</p>
<p>2.- Indemnización de daños y perjuicios establecidos por el Artículos 19 y 20, de la ley 1480 del 12 de JUNIO  de 2.011.</p>
<p>3.- Acción de Indemnización pertinente, por el trámite de Proceso Verbal, C.P.C. del titulo XXIII, ante un Juez Civil.</p>
<p>4.- La denuncia Pública, en prensa hablada y escrita, televisión (El Boletín del Consumidor) y ante las autoridades competentes de todos los hechos que atenten contra los derechos e intereses del consumidor, establecidas en el Literal P del Articulo 10 Decreto 1441 de 1.982.</p>
<p>5.- Publicidad engañosa: Aquella cuyo mensaje no corresponda a la realidad o sea insuficiente, de manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión.</p>
<p>6.- Ley 1480 del 12 de JUNIO  de 2.011 Artículo 23. Información mínima y responsabilidad. Los proveedores y productores deberán suministrar a los consumidores información, clara, veraz, suficiente, oportuna, VERIFICABLE, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan y, sin perjuicio de lo señalado para los productos defectuosos, serán responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información. En todos los casos la información mínima debe estar en castellano.</p>
<p>Cordialmente.</p>
<p>HECTOR TRUJILLO<br />
Presidente.</p>
<p>ENTIDADES AFILIADAS: U.T.C. &#8211; C.T.C. &#8211; Asociación Nacional de Amas de casa<br />
Confederación de Asociación de Padres de Familia<br />
Confederación Colombiana de Pensionados &#8211; Cámara Júnior de Colombia<br />
Unión de Trabajadores &#8211; Unión Femenina Colombia &#8211; OPROCON</p>
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