CERTIFICA
GERENTE: La compañía tendrá un Gerente. El Gerente es el Representante
Legal de la compañía en juicio y fuera de juicio, y administrador de su
patrimonio. Le corresponde el gobierno y la administración directos de
la misma, como gestor y ejecutor de los negocios y actividades sociales,
y todos los funcionarios o empleados cuyos nombramientos no correspondan
a la Asamblea General de Accionistas estarán subordinados a él.
SUPLENTE: El Gerente de la compañía tiene un Suplente, que lo
reemplazará con las mismas atribuciones en sus faltas absolutas y en sus
faltas temporales o accidentales, así como también para los actos en los
cuales este impedido.
CERTIFICA
NOMBRAMIENTOS:
Que los nombramientos fueron efectuados por escritura de constitución
así:
CARGO NOMBRE CEDULA
GERENTE LUIS BAYRON GIL LONDOÑO 70.556.745
SUPLENTE DEL DAVID ACOSTA CARDONA 71.689.156
GERENTE
CERTIFICA
FUNCIONES Y FACULTADES DEL GERENTE: En desarrollo de lo estipulado en
los artículos 99 y 196 del Código de Comercio son funciones y facultades
del Gerente de la compañía las siguientes:
a) Hacer uso de la denominación social.
b) Ejecutar los decretos de la Asamblea General de Accionistas y los
acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva.
c) Determinar las normas que han de servir para la organización de la
contabilidad de la compañía, siguiendo al efecto las bases indicadas por
la Ley y la técnica contable, cuando le sean delegadas, total o
parcialmente, por la Junta Directiva.
ch) Designar y remover libremente los empleados de la compañía que no
dependen directamente de la Asamblea General de Accionistas y escoger,
también libremente, al personal de trabajadores, determinar su número,
fijar el género de labores, remuneraciones, etc. y hacer los despidos
del caso.
d) Constituir los apoderados judiciales y extrajudiciales que juzgue
necesarios para la adecuada representación de la sociedad, delegándoles
las facultades que estime convenientes, de aquellas que él mismo goza.
e) Ejecutar los actos y celebrar los contratos que tiendan al desarrollo
del objeto social.
En ejercicio de esta facultad el Gerente podrá dar o recibir en mutuo
cantidades de dinero; hacer depósitos bancarios; firmar toda clase de
títulos valores y negociar esta clase de instrumentos, firmarlos,
aceptarlos, protestarlos, endosarlos, pagarlos, descargarlos, tenerlos,
etc.; comparecer en los juicios en que se discuta la propiedad de los
bienes sociales o cualquier derecho de la compañía; transigir,
comprometer, desistir, novar, recibir e interponer acciones y recursos
de cualquier género de todos los negocios o asuntos de cualquier índole
que tenga pendiente la compañía; representar a la sociedad ante
cualquier clase de funcionarios, tribunales, autoridades, personas
jurídicas o naturales, etc.; y, en general actuar en la dirección de la
empresa social. Si se tratare de ejecución de un acto o la celebración
de un contrato por cuenta de la sociedad, para que dicho acto o contrato
obligue a ésta, es necesario que sea de aquellos para los cuales el
Gerente no tiene restricción alguna en los estatutos, o que el órgano de
la compañía a quien corresponda autorizar a dicho funcionario se haya
pronunciado favorablemente en el sentido de conceder la mencionada
autorización y de ello haya quedado la constancia respectiva. Se
entiende que no existe restricción alguna para el Gerente en la
ejecución de actos y en la celebración de contratos que no sean de la
naturaleza de aquellos para los cuales los estatutos han señalado como
necesaria la autorización de otro órgano.
f) Convocar a la Asamblea General de Accionistas y a la Junta Directiva
de la compañía a sesiones extraordinarias, cada vez que lo juzgue
conveniente o necesario, o en el caso de la Asamblea, cuando se lo
solicite un número de accionistas que represente por lo menos el
veinticinco por ciento (25%) de las acciones suscritas.
g) Presentar a la Asamblea General de Accionistas, en sus sesiones
ordinarias, en asocio de la Junta Directiva, el balance de cada
ejercicio, y un informe escrito sobre la forma como hubiere llevado a
cabo su gestión y las medidas cuya adopción recomiende a la Asamblea.
h) Informar a la Junta Directiva, acerca del desarrollo de los negocios
y demás actividades sociales, someterle prospectos para el mejoramiento
de las empresas que explote la compañía y facilitar a dicho órgano
directivo el estudio de cualquier problema, proporcionándole los datos
que requiera.
i) Apremiar a los empleados y demás servidores de la compañía a que
cumplan los deberes de su cargo, y vigilar continuamente la marcha de la
empresa, especialmente su contabilidad y documentos.
j) Cuidar que la recaudación o inversión de los fondos de la empresa se
hagan debidamente.
k) Ejercer todas las facultades que directamente delegue en él la
Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva.
REQUERIMIENTO DE AUTORIZACION: El Gerente requerirá autorización de la
Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva de la compañía
para ejercer sus funciones en aquellos casos en que cualquiera de estos
organismos deba impartir la autorización previa, según lo dispuesto en
la Ley o en los estatutos por razón de la naturaleza o de la cuantía de
la operación.
PARAGRAFO: El Gerente está facultado para celebrar o realizar cualquier
acto o contrato cuya cuantía sea inferior al equivalente en pesos a
cuatrocientos (400) salarios mínimos legales mensuales, y como tal no
requerirá de autorización previa de la Asamblea de Accionistas o de la
Junta Directiva.
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